Reto 3: Análisis de política pública
1. Presenta la política pública que hayas elegido.
La política pública que he
elegido es el establecimiento de la paridad por sexos entre mujeres y hombres en
los órganos de selección y valoración de las Administraciones públicas, según
lo establecido en el capítulo 1, artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El artículo en
concreto establece lo siguiente:
Artículo 51. Criterios de actuación de las Administraciones
públicas.
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus
respectivas competencias y en aplicación del principio de igualdad entre
mujeres y hombres, deberán:
a) Remover los obstáculos que impliquen la pervivencia de
cualquier tipo de discriminación con el fin de ofrecer condiciones de igualdad
efectiva entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público y en el
desarrollo de la carrera profesional.
b) Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral, sin menoscabo de la promoción profesional.
c) Fomentar la formación en igualdad, tanto en el acceso al
empleo público como a lo largo de la carrera profesional.
d) Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en
los órganos de selección y valoración.
e) Establecer medidas efectivas de protección frente al acoso
sexual y al acoso por razón de sexo.
f) Establecer medidas efectivas para eliminar cualquier
discriminación retributiva, directa o indirecta, por razón de sexo.
g) Evaluar periódicamente la efectividad del principio de
igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación.
El artículo en la que me voy a
centrar para el análisis es la letra d). Es una política que promueve que, en
todas las comisiones de evaluación, selección y valoración de la Administración
haya paridad. Su ámbito de aplicación son las administraciones públicas en toda
su amplitud y niveles. Y el contexto de la administración que la impulsó es la
Administración General del Estado, mediante una ley orgánica de obligado
cumplimiento a todos los niveles.
2. Analiza la política pública
que hayas elegido.
El ámbito de actuación que tiene
esta política es muy amplio ya que incide en las tres administraciones (estatal,
autonómica y local) y en todas las comisiones de valoración y selección. Por
ejemplo, solo a modo ilustrativo, impacta en todas las comisiones de todas las
ayudas y subvenciones, en las comisiones de valoración de las becas o en los
jurados de los premios nacionales.
Se puede decir que esta política
impacta directamente en los roles de género, ya que exige que haya paridad en
todas las comisiones, sea cual sea la administración de la que hablemos y el
tema que se trate.
A priori, no tiene un efecto en
el acceso a los recursos económicos o materiales. Pero tiene un efecto directo
sobre el acceso a la toma de decisiones y de valoración, situando en igualdad
de condiciones a todas las personas que forman parte de la comisión de
valoración.
En cuanto a la representación, el
papel que juegan las mujeres en la toma de decisiones y en las relaciones de
poder, es igualitario respecto a los hombres.
3. Comenta, si los conoces, el
impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública. Si desconoces
esa información, comenta entonces el impacto y resultados que consideras que
podría tener.
El impacto de esta política ha
sido significativo, porque ya no se contempla la posibilidad de que no haya
paridad en ninguna comisión de valoración o jurado. A su vez, habría que hacer
una evaluación del impacto que ha tenido esta medida en los actos de las Administraciones
Públicas, las concesiones de becas, subvenciones y ayudas. En cualquier caso,
se puede decir que esta política ha tenido un impacto en un gran número de
acciones que desarrollan las Administraciones Públicas.
4. ¿Qué puntos fuertes y qué
debilidades consideras que tiene esta política pública?
La principal fortaleza de esta
medida ha sido su alcance. Al fin y al cabo, es una medida que se ha
implementado en toda la Administración y en todos los sectores y ámbitos de la
vida pública. Hay múltiples ayudas, subvenciones, becas, premios, jurados, comisiones,
… en las diferentes administraciones. Asegurar que haya paridad en todos estos
órganos de decisión garantiza que, en términos reales, haya paridad en la toma
de decisiones.
El principal punto débil o riesgo
de esta política es la posibilidad de que se convierta en un mero formalismo.
Es decir, no debemos conformarnos con que los jurados y comisiones sean
paritarios, sino que estos deben integrar la igualdad de género en sus
criterios de valoración y de selección. Por decirlo de otra forma, si la orden
de convocatoria de una ayuda no establece criterios de valoración con
perspectiva de género, la comisión de valoración puede ser paritaria, pero esto
puede no tener un efecto en la distribución de la concesión de la ayuda.
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